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Un fiscal federal denunció al ex presidente Alberto Fernández por el aumento desproporcionado de las pensiones por invalidez

También fueron acusados los ex directores de la Agencia Nacional de Discapacidad. Los acusan de “flexibilizar el proceso de otorgamiento” de las pensiones. Entre 2020 y 2023 se otorgaron casi 300 mil beneficios

El fiscal federal Guillermo Marijuán denunció hoy al ex presidente Alberto Fernández y a otros ex funcionarios por el aumento desproporcionado de las pensiones por invalidez entre 2020 y 2023.

La denuncia enumera decretos y resoluciones mediante los cuales se habrían flexibilizado los criterios para otorgar esos beneficios, pero también expone una maniobra para hacer “favores políticos” a intendentes y gobernadores. En ese caso, dice la presentación a la que tuvo acceso Infobae, se detectaron “personas que no solo no tenían la condición de invalidez laboral, sino que en muchos casos ni siquiera tenían una condición medica de discapacidad”. Además, se estableció que el proceso de otorgamiento, que podía tardar dos o tres años, se reducía hasta a tres meses.

Además de Alberto Fernádez, el fiscal denunció a los ex Directores Ejecutivos de la Agencia Nacional de Discapacidad, Claudio Flavio Augusto Esposito y Fernando Gastón Galarraga, y la ex Directora Nacional de Apoyo y Asignaciones Económicas, Paula Martínez.

En concreto, Marijuán habla de “un plan sistemático desplegado en el periodo comprendido entre los años 2020 y 2023, consistente en el dictado de normas tendientes a flexibilizar el proceso de otorgamiento de las Pensiones No Contributivas por Invalidez para permitir la entrega masiva e irregular de tales beneficios destinándolo especialmente “a cuestiones políticas de favores con gobernadores e intendentes”.

Según la investigación de Marijuán, en ese periodo se otorgaron casi 300 mil nuevos beneficios “lo cual reflejó un crecimiento exponencial en la concesión de aquellos de más del 1500%, pues de 79.581 casos asignados en el año 2003 se habría ascendido a 1.222.882 prestaciones conferidas en la actualidad”.

La primera norma apuntada es la resolución 8/2020, publicada el 30 de enero de 2020, que “avaló el inicio del trámite para acceder al beneficio en cuestión aun cuando no se acompañe el Certificado Médico Oficial y modificó los parámetros para la determinación del estado socio-económico y de vulnerabilidad de las peticiones atinentes para el otorgamiento, denegación, suspensión y caducidad de las pensiones señaladas”.

Hasta ese momento, el beneficiario no tenía que ser propietario de un inmueble cuyo valor supere el equivalente a más de 400 jubilaciones mínimas o un auto de más de 30 jubilaciones mínimas. La resolución de 2020 quitó el tope máximo de los inmuebles y permitió que el solicitante sea considerado vulnerable si tenía un vehículo con una antigüedad de mas de diez años.

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